En Colombia, desde la promulgación de la Ley 2442 del 27 de diciembre de 2024, es posible que cualquiera de los cónyuges solicite el divorcio de manera unilateral, es decir, sin necesidad del consentimiento del otro. A continuación, se detallan los requisitos y el proceso para llevar a cabo este trámite:
1. Causal de divorcio por voluntad unilateral
La mencionada ley adicionó una décima causal de divorcio al artículo 154 del Código Civil colombiano: "La sola voluntad de cualquiera de los cónyuges".
2. Presentación de la demanda
El cónyuge interesado debe presentar una demanda de divorcio ante un juez de familia, invocando la causal de voluntad unilateral.
3. Contenido de la propuesta de divorcio
La demanda debe estar acompañada de una propuesta que incluya:
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Obligaciones alimentarias: Establecer la cuantía y forma de cumplimiento de las obligaciones alimentarias entre los cónyuges, especialmente si uno de ellos carece de medios para su subsistencia.
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Custodia y cuidado de los hijos menores: Definir quién tendrá la custodia y el régimen de visitas, siempre primando el interés superior de los niños, niñas y adolescentes.
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Liquidación de la sociedad conyugal: Proponer la forma en que se dividirán los bienes adquiridos durante el matrimonio.
El juez revisará de oficio la propuesta para garantizar que se protejan los derechos de ambas partes y de los hijos menores, en caso de haberlos.
4. Oposición del demandado
El cónyuge demandado puede oponerse al contenido de la propuesta de divorcio, presentando una contrapropuesta. Sin embargo, no puede oponerse a la causal de divorcio basada en la voluntad unilateral del otro cónyuge.
5. Asesoría legal
Es obligatorio contar con la representación de un abogado durante el proceso de divorcio unilateral, quien se encargará de redactar y presentar la demanda, así como de asesorar al cónyuge solicitante en cada etapa del proceso.
6. Documentos necesarios
Para iniciar el trámite, se deben adjuntar los siguientes documentos:
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Registro civil de matrimonio.
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Registros civiles de nacimiento de los hijos menores, si los hay.
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Documentos de identidad de ambos cónyuges.
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Documentos que respalden la propuesta de liquidación de bienes y acuerdos sobre custodia y alimentos.
7. Competencia judicial
La demanda de divorcio debe presentarse ante el juez de familia del domicilio común de los cónyuges. Si no hay juez de familia en la localidad, se acudirá al juez civil del circuito.
8. Procedimiento y plazos
Una vez presentada la demanda, el juez evaluará la propuesta y las posibles oposiciones del demandado. El tiempo que tome el proceso dependerá de la complejidad del caso y de la carga laboral del juzgado correspondiente.
La posibilidad de solicitar el divorcio por la sola voluntad de uno de los cónyuges representa un avance significativo en la legislación colombiana, facilitando la disolución del vínculo matrimonial de manera más ágil y respetando la autonomía individual. Es fundamental cumplir con los requisitos legales y contar con la asesoría adecuada para garantizar un proceso transparente y justo para ambas partes.
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Jimmy Jiménez
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