En Colombia, la cuota alimentaria es un derecho fundamental de los hijos, incluso cuando alcanzan la mayoría de edad. Pero ¿qué pasa cuando estos hijos ingresan a la universidad? ¿Está el padre o madre obligado a seguir pagando una cuota alimentaria durante la educación superior?
¿Qué incluye la cuota alimentaria en educación superior?
La cuota alimentaria no solo cubre alimentos como tal, sino también educación, salud, vestuario, recreación y vivienda. Cuando un hijo accede a la universidad, este deber de manutención puede mantenerse si el hijo demuestra que continúa estudiando y no puede sostenerse por sí mismo.
Según lo establece el artículo 411 del Código Civil Colombiano, los alimentos comprenden todo lo indispensable para la subsistencia, incluida la educación adecuada a la condición social del alimentado. Así, los gastos universitarios, tales como matrícula, materiales, transporte y sostenimiento, pueden formar parte de la cuota alimentaria.
¿Hasta cuándo se debe pagar?
Aunque la mayoría de edad se alcanza a los 18 años, esto no exime automáticamente al padre o madre de continuar con la obligación alimentaria. Si el hijo sigue cursando estudios superiores de forma juiciosa y constante, el deber de aportar subsiste. La Corte Suprema de Justicia ha reiterado que la obligación puede extenderse hasta que el joven termine su carrera profesional, siempre y cuando no haya negligencia o desinterés por parte del beneficiario.
Derechos y deberes de padres e hijos
Los padres tienen el deber legal y moral de apoyar la formación profesional de sus hijos. No obstante, el joven beneficiario también tiene el deber de demostrar que está cursando estudios formales y que no cuenta con medios para sufragarlos. En casos de controversia, será un juez de familia quien determine si la obligación subsiste, teniendo en cuenta el principio del interés superior del menor y del joven en formación.
¿Cómo solicitar la ampliación de la cuota alimentaria?
Si el hijo ya es mayor de edad y desea que se mantenga o aumente la cuota alimentaria para cubrir sus estudios universitarios, debe presentar una solicitud formal ante un juez de familia. Este proceso puede hacerse con apoyo de un abogado, aportando pruebas del vínculo familiar, la matrícula universitaria y la falta de ingresos propios. Si ya existe una sentencia previa, puede pedirse una modificación.
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Jimmy Jiménez
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