Desde la promulgación de la Ley 2442 de 2024, en Colombia es posible disolver el vínculo matrimonial por la sola voluntad de uno de los cónyuges, sin necesidad de acuerdo mutuo ni de demostrar causales específicas.
Procedimiento para solicitar el divorcio unilateral
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Presentación de la demanda: El cónyuge interesado debe presentar una demanda de divorcio ante el Juez de Familia competente, invocando la nueva causal basada en su voluntad unilateral.
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Propuesta de divorcio: La demanda debe ir acompañada de una propuesta que incluya disposiciones sobre obligaciones alimentarias, liquidación de la sociedad conyugal y, si hay hijos menores, aspectos relacionados con su custodia, cuidado personal y régimen de visitas.
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Notificación al cónyuge: Una vez presentada la demanda, el otro cónyuge será notificado y podrá:
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Aceptar la propuesta: Facilitando así un proceso más ágil.
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Presentar una contrapropuesta: Si no está de acuerdo con los términos iniciales, podrá proponer modificaciones.
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Decisión judicial: El juez evaluará las propuestas y tomará una decisión que garantice los derechos de ambas partes y, especialmente, el bienestar de los hijos menores, si los hubiere.
Consideraciones adicionales
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Competencia judicial: En municipios donde no haya Juez de Familia, la demanda puede presentarse ante el Juez Civil del Circuito del domicilio de los cónyuges.
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Asesoría legal: Es obligatorio contar con la representación de un abogado durante el proceso de divorcio unilateral.
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Acuerdos previos: Si existen bienes en común o hijos menores, es esencial que la propuesta de divorcio contemple acuerdos claros sobre la división patrimonial y la custodia, priorizando siempre el interés superior de los niños.
En conclusión, el divorcio unilateral en Colombia se tramita exclusivamente por vía judicial, garantizando un procedimiento riguroso que protege los derechos de todas las partes involucradas. Contar con asesoría legal especializada es fundamental para asegurar que el proceso se desarrolle de manera eficiente y conforme a la ley vigente.
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Jimmy Jiménez
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