En Colombia, el bienestar del menor es el principio rector en cualquier proceso de custodia. Uno de los aspectos más relevantes es la participación del niño, niña o adolescente en la toma de decisiones que los afectan directamente, especialmente cuando se trata de determinar con quién desean vivir tras la separación de sus padres.
La voz del menor sí cuenta, pero no es decisiva
Según el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), no existe una edad específica a partir de la cual un menor puede decidir por completo con quién vivir. Sin embargo, la ley establece que su opinión debe ser escuchada y valorada conforme a su madurez y capacidad de discernimiento, especialmente si es mayor de 7 años.
El artículo 44 de la Constitución Política de Colombia y el Código de Infancia y Adolescencia resaltan que los menores tienen derecho a ser escuchados en los procesos judiciales o administrativos que los involucren. Por lo tanto, en audiencias de custodia, un defensor de familia, juez o psicólogo puede entrevistar al menor para conocer su perspectiva.
¿Puede un menor decidir con quién vivir?
La respuesta es no en términos absolutos. Los niños y adolescentes no tienen la potestad legal de decidir por sí solos, pero su opinión es un insumo fundamental para el juez o defensor de familia al tomar la decisión de custodia. Esta debe estar siempre orientada por el interés superior del menor, evaluando no solo su deseo, sino también el entorno, estabilidad emocional, garantías de cuidado y afecto, y condiciones de vida.
Evaluación psicológica y acompañamiento profesional
Cuando un menor expresa su preferencia de vivir con alguno de sus padres, el ICBF o el juez pueden ordenar una valoración psicológica familiar, visitas domiciliarias, y entrevistas con los padres y el menor para determinar lo más conveniente. Es común que psicólogos forenses determinen si la opinión del menor ha sido influenciada o manipulada.
Custodia compartida y acuerdos voluntarios
En algunos casos, los padres logran acuerdos voluntarios de custodia ante comisaría o defensoría de familia. Aunque estos acuerdos también consideran la opinión del menor, es la autoridad quien finalmente los aprueba si verifica que están alineados con su bienestar.
En los procesos de custodia en Colombia, la opinión del menor no es vinculante, pero sí relevante y obligatoria de considerar. La edad y madurez influyen en el peso que se le da a esa opinión, siempre priorizando el interés superior del niño. En Integrity Legal, acompañamos a las familias en estos procesos para garantizar que se respeten tanto los derechos de los menores como los de sus padres.
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